Desde el 15 de Julio será obligatorio llevar mascarillas

 

 

Las mascarillas serán obligatorias para las personas de seis años en adelante en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros.

  • Si te pillan rompiendo este nuevo reglamento, puedes enfrentarte a multas de hasta 100 euros.
  • Esta regla es sólo para personas de 6 años o más y no incluirá a las personas con dificultad respiratoria o enfermedad que puedan verse agravadas por el uso de máscaras. Sin embargo, debe tener informes médicos para justificar esta circunstancia.

 

 

Playas y piscinas

Por otro lado, no será necesario llevar la mascarilla en las playas y piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. En cambio, para los desplazamientos y paseos en las playas y piscinas sí será obligatorio el uso de mascarilla.

La Consejería de Salud y Familias hace hincapié en que se recomienda su uso en los espacios abiertos o cerrados privados cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.

Deberán seguir las condiciones de aislamiento o cuarentena establecidas desde salud pública las personas que sean consideradas sospechosas o con probable infección por el virus SARS-CoV-2 o que se encuentren pendientes de los resultados de pruebas diagnósticas por este motivo; las que sean consideradas como caso confirmado con infección activa; y las consideradas contacto estrecho de un caso sospechoso, probable o confirmado.

DEPORTES:

No será obligatorio llevar mascarilla cuando practiques deporte al aire libre, ni cuando el uso de la mascarilla sea contraproducente  

RESTAURANTES & BARES

En los restaurantes esta regla estará exenta al comer, beber o fumar, por ejemplo, en una terraza del bar. Si usted está sentado en su mesa con su familia o núcleo de amigos, usted no tendrá que usarla tampoco. Si usted está sentado solo, entonces se aplica lo mismo; no tienes que usar la máscara  

EN EL COCHE

Además, la mascarilla será obligatoria al conducir su vehículo privado si van personas que no viven con usted en el coche.

La obligación de usar mascarilla no será necesaria para las personas que sufran cualquier tipo de enfermedad respiratoria o dificultad que pueda verse agravada por el uso de la misma. Tampoco para aquellas personas que, por su situación de discapacidad o dependencia, no tienen autonomía para quitarse la máscara, o que presentan alteraciones de comportamiento que hacen inviable su uso. Tampoco será necesario su uso en el caso de deportes individuales al aire libre, ni en casos de fuerza mayor o situaciones de necesidad o cuando, debido a la propia naturaleza de las actividades, el uso de la máscara sea incompatible, de acuerdo con las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Las funciones de vigilancia, inspección y control del correcto cumplimiento de todas estas obligaciones corresponden a los ayuntamientos y a los órganos competentes de la Administración de la Junta de Andalucía, en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias. El incumplimiento de estas obligaciones podrá ser sancionado de conformidad con la normativa de salud pública aplicable

El documento oficial puede ser encontrado aqui https://cdn.euroweeklynews.com/wp-content/uploads/2020/07/BOJA20-545-00003-7739-01_00175091.pdf?x77660 

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